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ELECCIONES 2015 - Justificación de la No Emisión del Voto

ARGENTINOS DE PASO EN EL EXTERIOR O CON DOMICILIO EN LA REPUBLICA

Los argentinos que tengan su domicilio asentado en la República Argentina y se encuentren en el exterior a la fecha de la elección (P.A.S.O. o Elecciones Generales) deberán realizar la justificación de no emisión del voto en la Embajada o Consulado argentino de la ciudad donde se encuentren, acompañando la documentación que acredite que el día de la elección no se encontraban en la República Argentina.

Para justificar válidamente la no emisión del voto, los electores disponen de un plazo de sesenta (60) días siguientes a los comicios, dentro del cual podrán presentarse ante la Representación argentina en el exterior o ante la Cámara Nacional Electoral o Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en la República (http://www.electoral.gov.ar/secretarias.php). De justificar en el exterior la no emisión del voto, no será necesario recurrir a las autoridades electorales o realizar algún trámite adicional en Argentina.

Al momento de la justificación, les será entregado de parte de la autoridad consular una Constancia de no emisión del voto, que bastará para que el argentino que no emitió su voto no sea incluido en el Registro de Infractores al deber de votar elaborado por la Justicia Nacional Electoral.

 

Se recuerda que la Representación argentina en Belgrado permanecerá abierta los días domingos de los actos electorales de carácter nacional.

Fecha de Publicación : 31/07/2015