En virtud de las consultas recibidas respecto de cuáles Documentos Nacionales de Identidad deben ser reemplazados, cabe destacarse que se entiende por Nuevo DNI Digital - el único que será válido a partir del 1° de agosto de 2016.
Así, los formatos de DNI que deben ser reemplazados son todos aquellos que hubieren sido confeccionados y personalizados en forma manual, entendiéndose por ellos los siguientes:
-LIBRETA DE ENROLAMIENTO
-LIBRETA CIVICA
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD TAPA VERDE Y BORDO CONFECCIONADOS MANUALMENTE;
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD CERO AÑO TAPA CELESTE (CONFECCIONADO EN FORMA MANUSCRITA).