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REGRESAR

Plazo para reemplazo de DNI. Hasta el 31 de julio de 2016

En virtud de las consultas recibidas respecto de  cuáles Documentos Nacionales de Identidad deben ser reemplazados, cabe destacarse que se entiende por Nuevo DNI Digital - el único que será válido a partir del  1° de agosto de 2016.

Así, los formatos de DNI que deben ser reemplazados son todos aquellos que hubieren sido confeccionados y personalizados en forma manual, entendiéndose por ellos los siguientes:

-LIBRETA DE ENROLAMIENTO
-LIBRETA CIVICA
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD TAPA VERDE Y BORDO CONFECCIONADOS MANUALMENTE;
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD CERO AÑO TAPA CELESTE (CONFECCIONADO EN FORMA MANUSCRITA).

Fecha de Publicación : 28/03/2016