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Visa para actividades religiosas

Fecha de actualización: 09/02/2015

Existen dos tipos de visas para actividades religiosas: Visa Transitoria -permanencia hasta 30 días prorrogable por mismo periodo en la Argentina, y Visa Temporaria - permanencia hasta 1 año, prrorogable en la Argentina.

Pueden aplicar a esta visa los Ministros religiosos, seminaristas o personal religioso con dedicación exclusiva en iglesias, confesiones o comunidades religiosas quienes ingresen al pais a desarrollar actividad pastoral, asistencia comunitaria o social, docencia, asistencia a seminarios teologicos, etc., asi como quienes viajen a nuestro pais a fin de cursar estudios religiosos o teológicos y pertenezcan a cultos reconocidos por la República Argentina.

La organización o institucion religiosa que invita en la Argentina, debe estar inscripta en la Dirección General del Registro Nacional de Cultos y en el "Registro Nacional Unico de Requirentes de Extranjeros (RENURE)"

Los requsitos:

1) La organizacion o institucion religiosa debe enviar a esta Sección Consular una Nota de invitacion original para el extranjero solicitante de la visa, que debe contar con los siguientes datos:

1.1.- Nombre y apellido de la persona extranjera invitada con su numero de pasaporte.
1.2. Plazo de permanencia solicitado en la Argentina.
1.3. Comunidad/instituto/congregación o diócesis donde desarrollará tareas;
1.4.- Tipo de actividad a desarrollar (pastoral, asistencia comunitaria o social, docencia, etc.);
1.5.- Dirección física y contactos de la comunidad/instituto/congregación o diócesis.
1.6.- En caso de comunidad/instituto/congregación religiosa indicar nombre superior/provincial o autoridad responsable de la misma.

La mencionada Nota de invitacion debe estar firmada por el apoderado o representante de la organizacion o institucion religiosa, que tenga su firma registrada ante la Secretaria de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Asimismo, dicha nota debe contar con la firma del referido apoderado o representante certificada por escribano publico argentino y luego legalizada por el Colegio de Escribanos respectivo.

Una vez que esta Sección Consular cuente con la Nota de invitación, solicitará autorizacion a nuestra Cancilleria para emitir la visa. Una vez que se cuente con dicha aprobacion, el solicitante de la visa debera presentar toda la documentación que figura más abajo:

1.Pasaporte válido.

2.Solicitud de Visa -formulario  debidamente completado y firmado.

3. Una foto carnet, 4x4 cm, papel mate, blanco y negro o color, fondo blanco o celeste claro, sin anteojos, 3/4 perfil derecho (right profile).

4. Reserva de pasaje de avión.

5. Prueba de su estatus migratorio

6. Abonar el arancel consular

7.Presentar tarjetas de crédito y resúmenes bancarios de los últimos seis (6) meses.

En el caso de la Visa Temporaria es necesario presentar también:

8.Certificado de carencia de antecedentes penales, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años, para extranjeros con DIECISEIS (16) años cumplidos (original).  Este documento debe estar traducido al castellano.

9. Formularios de huellas dactilares que deben ser completados en esta Sección Consular (solo para visas de un año).

10. Declaración Jurada de carencia de antecedentes policiales o condenas a nivel nacional o internacional (ambas versiones en inglés y español).

Todos los documentos en idioma extranjero deben ser traducidos al español.